Uno de los recursos más estudiados y protegidos a nivel internacional es el agua porque es fundamental para el desarrollo social, económico y ambiental. Una de las principales problemáticas es la creciente demanda del recurso y la disminución de la calidad del mismo, por esto varios gobiernos están mejorando y actualizando su normatividad constantemente para así identificar falencias y posibles puntos de mejora para garantizar los derechos del agua a futuras generaciones (ONU, 2015). Colombia no es una excepción y gracias a su ventajosa ubicación geográficas y sus diversos regímenes climáticos es uno de los países con mayor oferta del recurso hídrico, sin embargo, las normas bajo las que se otorgan las concesiones de aguas no han sido actualizadas en los últimos años y pueden mejorarse para regular eficientemente este recurso.
Cada país tiene unos requerimientos legales específicos para otorgar la concesión de aguas, en la Tabla 1. Semejanzas y diferencias en la normatividad de concesión de aguas se puede observar que todos los países tienen como requerimientos mínimos en común como el solicitante, nombre de la fuente de agua que se va a utilizar y su ubicación geográfica, volumen de agua que se va a solicitar, información sobre los usos del agua e información acerca de todo el sistema de distribución.
Nota: Síntesis de la información obtenida de las siguientes fuentes: MADS (2014), ANA (2009), ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DF (2000), Parlamento Europeo (2000), MINISTERIO DE JUSTICIA (2018) y Queens printer (2014).
En Perú y Canadá es un requerimiento que todos los proyectos desde la concesión tengan estudio de impacto ambiental, sin embargo, en Colombia los permisos de concesión de aguas no requieren de un estudio de impacto ambiental, pero si es obligatorio presentar los diseños y planos de la bocatoma, el sistema de tratamiento y distribución así como de la disposición final de las aguas los cuales dependiendo del nivel de complejidad establecido en el ras 2000 pueden requerir de estudios de impacto ambiental (Ministerio de desarrollo economico, 2000).
Así mismo, en la tabla podemos identificar que el país con más exigencias ambientales para conceder los permisos de concesión de aguas es Canadá por que el recurso hídrico es limitado y pueden presentarse épocas de escases en invierno y en verano (Chapman, 2018) así que dentro de los estudios que hacen exigen modelaciones en épocas de verano e invierno que incluyan las interacciones entre los cuerpos de agua superficiales y subterráneos para asegurarse de que el caudal solicitado no va a disminuir el volumen del cuerpo de agua hasta el punto de afectar el caudal ecológico.
En Colombia si hacen estudios y se verifica que el caudal ecológico se mantenga, pero en algunos casos los estudios realizados no incluyen modelaciones de las relaciones entre las aguas superficiales y subterráneas, además se renuevan los permisos de concesión sin verificar las condiciones actuales de los cuerpos de agua lo que los lleva a un deterioro constante. Un ejemplo de esto es el Salto de Tequendama, las diferentes concesiones otorgadas sobre el rio Bogotá han disminuido drásticamente el caudal afectando negativamente el ecosistema (Paz, 2019).
Teniendo en cuenta todo lo anterior es necesario revisar las regulaciones existentes en Colombia porque son bastante permisivas y no están pensadas para conservar y garantizar la calidad del recurso hídrico a largo plazo lo que puede llevar a un problema de desarrollo social, económico y ambiental. Dentro de las mejoras que se pueden hacer es realizar estudios de impacto ambiental desde el momento en que se solicita el permiso de concesión de aguas donde se tengan en cuenta modelaciones más detalladas de como el caudal solicitado, el clima y las condiciones del terreno pueden afectar el caudal ecológico para mantener en equilibro el ecosistema a largo plazo. También se deben realizar visitas técnicas por parte de las autoridades ambientales a los cuerpos de aguas cuando se solicite una extensión del permiso de concesión verificar el estado del mismo e identificar si es necesario realizar nuevos estudios para otorgar nuevamente el permiso.
Fuentes consultadas:
- ANA. (2009, September 6). LEY DE RECURSOS HÍDRICOS. Retrieved from https://www.ana.gob.pe/sites/default/files/normatividad/files/ley_29338_0_2.pdf
- ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DF. (2000, September 6). LEY AMBIENTAL DE PROTECCIÓN A LA TIERRA EN EL DISTRITO FEDERAL. Retrieved from http://www.aldf.gob.mx/archivo-3cd1aa41964e3f9735705a55d1ba096e.pdf
- Chapman, L. (2018). ¿Ciencia ficción? ¡Absolutamente no! Riesgo de escasez de agua en el oeste de Canadá. Retrieved September 7, 2019, from https://www.rcinet.ca/es/2018/05/30/ciencia-ficcion-absolutamente-no-riesgo-de-escasez-de-agua-en-el-oeste-de-canada/
- MADS. (2014). Decreto 2041 de 2014. Retrieved September 7, 2019, from https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=59782
Ministerio de desarrollo economico. (2000, September 6). RAS TITULO A. Retrieved from http://www.minvivienda.gov.co/Documents/ViceministerioAgua/010710_ras_titulo_a_.pdf
- MINISTERIO DE JUSTICIA. (2018, September 6). ACTA DE AGUAS. Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional. Retrieved from https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=5605
- ONU. (2015, September 6). Agua. Retrieved from https://www.un.org/es/sections/issues-depth/water/index.html
- Parlamento Europeo. (2000, September 6). DIRECTIVA 2000/60/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO. Retrieved from https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=cellar:5c835afb-2ec6-4577-bdf8-756d3d694eeb.0008.02/DOC_1&format=PDF
- Paz, A. (2019). Salto del Tequendama: en riesgo un patrimonio cultural y natural de Colombia. Retrieved September 7, 2019, from https://sostenibilidad.semana.com/medio-ambiente/articulo/salto-del-tequendama-en-riesgo-un-patrimonio-cultural-y-natural-de-colombia/42710
- Queens printer. (2014, September 6). Water Sustainability Act. Retrieved from http://www.bclaws.ca/civix/document/id/complete/statreg/14015
Por: Daniela Restrepo Montoya - Ingeniera Ambiental - Programa de voluntarios
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